Estatutos de una sociedad comercial

Acta fundacional del partido

En el año dos mil veinticuatro, el 6 de diciembre (06/12/2024), nosotros, miembros fundadores, ciudadanos haitianos que gozamos de la plenitud de nuestros derechos civiles y políticos, en virtud de la Declaración Universal de Derechos Humanos del 10 de diciembre de 1948; el Protocolo Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos adoptado por las Naciones Unidas el 16 de diciembre de 1966; la Convención Americana sobre Derechos Humanos del 22 de noviembre de 1969; las disposiciones del Código Penal relativas al ejercicio de los derechos políticos; el decreto del 30 de julio de 1986 que regula el funcionamiento de los partidos políticos; del preámbulo de la Constitución de 1987 en su párrafo 4 y las disposiciones de los artículos 17, 28, 31-2, 52, 52-1, 58, 59, 60, 88, 137, 158, 220, 232, 281 y 281-1, reunidos en Asamblea General a las once de la mañana, y después de la discusión y la deliberación, han llegado a la siguiente conclusión: debemos crear un instrumento político para aflojar el agarre de la miseria y defender los derechos culturales, sociales, económicos y políticos de la Nación Haitiana.

Con este fin, nosotros, los miembros fundadores, proclamamos solemnemente que hemos decidido constituirnos, sobre la base de la declaración de principios, y adoptamos por unanimidad los siguientes estatutos del partido político denominado FUERZA NACIONAL DE CAMBIO.



(El Acta Constitutiva completa formaliza la creación del partido y su registro legal. El texto anterior es un extracto introductorio.)

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